Vencimiento del plazo para optar por el incentivo de la depreciación acelerada o por el crédito a la inversión.

Estimado industrial,

El presente comunicado tiene por objeto recordarle que, si su empresa posee Calificación Industrial y la misma está vigente, tiene la posibilidad de utilizar los incentivos de “Modernización Industrial” que la Ley 242-20 pone a disposición.

El plazo para aplicar a los mencionados mecanismos establecidos en el Art. 4 de la citada ley, es de por lo menos 90 días antes de la declaración del Impuesto Sobre la Renta.

En consecuencia, si su industria ha cerrado el ejercicio fiscal 2021 el pasado 31 de diciembre, el plazo culmina a fin del presente mes de enero, por lo tanto, es imperioso que determine sobre qué bienes realizará la depreciación acelerada y sobre cuáles otros harán valer la aplicación de la deducción de hasta el cincuenta por ciento (50%) de la renta neta imponible del ejercicio fiscal.

La comunicación deberá realizarla a la Dirección General de Política y Legislación Tributaria del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Si tiene alguna duda, o consulta, puede contactarnos en PROINDUSTRIA al teléfono 809-530-0010 y solicitar por el Dpto. de Asistencia Integral a las Pymis (ext. 313), o por el Dpto. de Registro y Calificación Industrial (ext. 414, 318)

DIRECCION DE SERVICIOS DE APOYO A LA INDUSTRIA

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1462, Av. Gregorio Luperón 1462, Santo Domingo 11001

L – V:  8:00 am – 4:00 pm

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